¿SE NECESITAN NUEVOS CONTRATOS CON EL AUMENTO DE VACACIONES?


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Ley Federal del Trabajo

Si en la redacción del contrato se encuentren detallados los días de vacaciones, se tendrán que renovar dichos contratos.

En diciembre de 2022, el Congreso de la Unión aprobó cambios a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para ampliar de seis a 12 días el periodo vacacional de los trabajadores, desde el primer año laboral. A esto se le conoce como reforma de “vacaciones dignas”.

Los empleadores pueden tener la siguiente duda: ¿Con la reforma de “vacaciones dignas” es necesario elaborar nuevos contratos laborales?

Para quienes cuenten con un contrato laboral que no especifica el número de días de vacaciones, podría bastar con agregar una adenda y no sustituir todo el contrato. Es decir, esto aplica para los contratos que hayan incluido en su redacción “de conformidad con el artículo 76 de la LFT”.

Adenda proviene del latín adendum, que es agregar o añadir alguna modificación a algún documento. En este caso, debe aclararse que, derivado de la reforma a la LFT, a partir del siguiente periodo al que se tenga derecho por concepto de vacaciones se realizará por los 12 días que establece la normatividad.

Contratos con los días de vacaciones detallados

En caso de que en la redacción del contrato se encuentren detallados los días de vacaciones, se tendrán que renovar dichos contratos. Es decir, esto aplica para los contratos que hayan incluido en su redacción “a partir del primer año el empleado gozará de seis días de vacaciones”.

En caso de haber incluido en el contrato la frase “de conformidad con el artículo 76 de la LFT”, sin especificar los días, entonces no será necesario adicionar la adenda, porque quedaría entendido que, ante cualquier modificación al artículo, con sólo mencionarlo es suficiente.

También deberán considerarse otros tópicos de seguridad social y fiscal que la reforma trae consigo, tales como:

° Incremento en el monto de prima vacacional,

° Actualización y aumento del salario base de cotización, en materia de seguridad social, entre otras.

Dichos temas, también detallados en el contrato laboral.

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