¿QUÉ PASA SI NO PAGO EL PREDIAL?


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¡Ojo!

Este 31 de enero culmina el primer plazo para obtener el descuento del 8% en el pago del impuesto predial. Luego de ello será posible acceder a otras promociones: hasta el 29 de febrero la rebaja es del 6%, mientras que quienes paguen antes del 31 de marzo podrán obtener 4% de descuento. Con o sin promociones, esta obligación se debe cumplir, pero qué pasa con quienes no pagan.

¿Qué es el impuesto del predial? ¿Cómo se calcula? ¿Pueden embargar mi casa si no pago?

Se trata de un impuesto que deben pagar los propietarios de inmuebles o predios. Esta aportación es obligatoria y al igual que otros impuestos, se ocupa para financiar proyectos de desarrollo urbano y servicios de la comunidad.

Los artículos 15, 126, 127, 129, 130 y 131, así como el Vigésimo Primero Transitorio del Código Fiscal vigente para la Ciudad de México, constituyen el fundamento legal para el cobro del impuesto predial, indicando que la base del impuesto predial es el valor catastral del inmueble, el cual puede ser determinado mediante la aplicación de valores unitarios de suelo y construcciones.

La encargada de hacer el avalúo catastral es la Secretaría de Administración y Finanzas y contempla parámetros como el tipo de inmueble, tamaño, antigüedad, ubicación y valor de construcción.

No pagar el predial de manera puntual trae consigo la aplicación de multas o recargos. Si una deuda es muy grande, existe la posibilidad de que el gobierno embargue la propiedad.

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