SAT NO PERMITE LA DISMINUCIÓN DE PTU DE PAGOS PROVISIONALES DE ISR


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El aplicativo del SAT de la declaración de personas morales presenta problemas en la precarga automática del importe de PTU.

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (Ley del ISR) establece que, en los pagos provisionales de mayo hasta diciembre de 2022, de la utilidad fiscal, se podrá disminuir en partes iguales la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada a los empleados.

Pero de acuerdo con el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el aplicativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la declaración de personas morales, sólo precarga automáticamente el importe de PTU pagada de acuerdo con los CFDI de nómina timbrados en mayo de 2022.

El vicepresidente de Fiscal del IMCP, Ramiro Ávalos Martínez, explicó que lo anterior genera que, cuando la PTU se hubiere pagado en abril o en junio, entonces el aplicativo no la incluye en el cálculo del ISR.

En la conferencia de prensa de julio del IMCP, Ávalos Martínez dijo que la autoridad informo que, si los CFDI de nómina con pago de PTU fueron expedidos con fecha posterior a mayo, no se podrán disminuir de los pagos provisionales de ISR y se deberá descontar hasta la declaración anual de ISR del 2022.

Sin embargo, el integrante del IMCP señaló que esto contraviene la legislación fiscal vigente.

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