¿QUE TE PUEDE EMBARGAR EL SAT?


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El SAT es uno de los más grandes temores para las y los mexicanos por eso te decimos que cosas te puede embargar y bajo qué condiciones.

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mejor conocido por todas y todos simplemente como SAT, puede embargar tu patrimonio por adeudos en materia de impuestos.

Esto lo hace para liquidar las deudas que sostienen miles de contribuyentes en todo el país, ya sea por saldos pendientes derivados de multas de carácter fiscal o evasión de impuestos. Estas son unas de las razones y los bienes que las autoridades hacendarias pueden embargarte para saldar un adeudo:

¿Qué puede embargar el SAT?

De acuerdo con el código fiscal, el SAT puede embargar:

*Primera opción: Bienes inmuebles e intangibles.

*Segunda opción: Acciones, ahorros, depósitos bancarios, bonos, cupones vencidos, valores inmobiliarios, entre otros.

*Tercera opción: Derechos de autor sobre obras literarias y artísticas, marcas, registros de diseños industriales.

*Cuarta opción: Contempla las obras artísticas, colecciones científicas, joyas, antigüedades, instrumentos de arte, etc.

IMPORTANTE: Recuerda que si recibes una notificación de embargo de bienes por parte del SAT cuentas con 30 días para liquidar tu deuda antes de que procedan a embargar tus bienes.

Los bienes embargados pueden quedar resguardados en el domicilio del contribuyente, posteriormente acude un valuador para determinar el valor de los artículos para determinar si cubren o no el adeudo.

Pero no entres en pánico, de acuerdo con especialistas fiscales, una vez que los artículos o cuentas son embargados, puedes negociar con el fisco saldar tu deuda antes de que sean rematados. Así puedes recuperar tus pertenencias, incluso hasta 24 horas antes.

 

 

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