Devolución del IVA para afectados por sismo


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“Devolución del IVA por gastos e inversiones en el reacondicionamiento, reparación, restauración o reconstrucción en los municipios de los Estados de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala, mencionados en las declaratorias de desastre natural emitidas por la Secretaría de Gobernación”

Devolución del IVA por gastos e inversiones en el reacondicionamiento, reparación a damnificados por sismo 19 de septiembre 2017

                   

Devolución del IVA en 10 días  a afectados por sismo

El SAT resolverá las solicitudes de devolución del IVA, en un plazo máximo de diez días, a los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en en alguno de los municipios de los Estados de Guerrero, México, Morelos, Oaxaca, Puebla y Tlaxcala que se listan en las declaratorias de desastre natural emitidas por la Secretaría de Gobernación, siempre que se cumpla con lo siguiente:

  1. Se trate de saldos a favor de periodos de septiembre, octubre, noviembre o diciembre de 2017, así como enero, febrero o marzo de 2018, que se declaren y soliciten a más tardar el 30 de abril de 2018.
  2. Que el IVA acreditable derive en más del 50% en el periodo solicitado, de gastos e inversiones relacionadas con el reacondicionamiento, reparación, restauración, reconstrucción o adquisición de bienes de activo fijo dañados o perdidos a consecuencia del sismo del 19 de septiembre de 2017.

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