¿CUÁNTO PAGARÍAS CON EL RESICO?


   por    1 Comentario

PAGOS PROVISIONALES EN CASO DE SER APROBADO EL NUVO REGIMEN DE CONFIANZA

Los contribuyentes calcularán y pagarán el impuesto de forma mensual a mas tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago. Se determinarán los pagos mensuales considerando el total de los ingresos que perciban y estén amparados por los comprobantes fiscales digitales por internet efectivamente cobrados, sin incluir el impuesto al valor agregado, y sin aplicar deducción alguna, considerando la siguiente tabla:

 

 

DECLARACION ANUAL

En dicho proyecto de Decreto, los contribuyentes están obligados a presentar su declaración anual en el mes de abril del año siguiente al que corresponda la declaración, considerando el total de los ingresos que perciban por las actividades a que se refiere este régimen en el ejercicio y estén amparados por los comprobantes fiscales digitales por internet efectivamente cobrados, sin incluir el impuesto al valor agregado, y sin deducción alguna, conforme a la siguiente tabla:

 

1 comentario

  • VOLVEMOS A LA EPOCA DE LOS SESENTA…CAUSANTE MAYOR Y CAUSANTE MENOR SE PAGABAN POR TARIFAS, NO HABIA IVA, IEPS. DE NADA SIRVIO EL CAMBIO RADICAL DE LA REFORMA FISCAL, CADA SEXENIOS HAY CAMBIOS BRUSCOS CON ERRORES EN APROBACION DE LA REFORMA, REVISION A VAPOR.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

*