¿QUE TRÁMITE DEBE PRESENTARSE ANTES DEL 15 DE MAYO?


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Si eres contribuyente ante el SAT, tal vez eres de las personas que está obligada a presentar un documento antes del 15 de mayo. De no hacerlo, pueden multarte.

Si estás afiliado al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT), hay un trámite que debes presentar antes del 15 de mayo del 2024. Esto según las normativas del organismo público, que expresan la obligación de los estados financieros del ejercicio fiscal 2023.

Para ilustrar, el trámite que debes presentar en el SAT consiste en el informe que realiza un contador público autorizado. Por lo tanto, es importante que contactes al tuyo para que emita su opinión sobre la naturaleza, el alcance y resultado de tu situación financiera.

¿Quiénes son los que deben presentar el trámite ante el SAT?

Los que están obligados a presentar el trámite de sus estados financieros antes del 15 de mayo ante el SAT, son “las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $122, 814, 830.00, que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, sea superior a $97, 023, 720.00”, según lo establece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

De igual modo, la SHCP describe que los que tienen que hacer este trámite ante el SAT son: “por lo menos trescientos de sus trabajadores que les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior”.

¿Qué pasa si no presentas el trámite antes del 15 de mayo ante el SAT?

Ahora bien, según lo puntualiza el SAT, de no presentar el trámite antes de la fecha establecida o lo hagan después los contribuyentes podrían ser multados con cifras de dinero que van desde los 17 mil 330 pesos a los 173 mil 320 pesos.

De igual forma, en caso de que los contribuyentes no presenten el documento sobre los estados financieros, el SAT puede restringir el uso del Certificado del Sello Digital, mismo que es necesario para emitir comprobantes fiscales.

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