PENSIONADOS QUE NO PAGARÁN ISR


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Los que sean incluidos en esta lista también podrán presentar su declaración anual de manera voluntaria para buscar obtener un saldo a favor con las alternativas presentadas por el SAT.

 

Se fue el primer mes del 2022 y con él los primeros días del nuevo régimen de impuestos desarrollado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que los contribuyentes se registren, paguen sus aportaciones y le pierdan el miedo a este sistema financiero federal.

La dependencia se ha encargado de informar las modificaciones en el sistema de tributación. Este 1 de febrero, el órgano desconcentrado dio a conocer quiénes so los pensionados que quedarán exentos de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) para este nuevo periodo.

Por medio de un comunicado, el SAT dio a conocer que aquellas personas con ingresos provenientes de sus pensiones, jubilaciones, haberes por retiro u otras maneras relacionadas con la jubilación no pagarán ISR hasta por un monto que va desde los 1 mil 443.3 pesos diarios hasta los 43 mil 999 pesos al mes.

Dicha exención se aplicará sobre la totalidad de los ingresos, independientemente de que sean pagados por dos o más patrones.

Asimismo, el SAT aclaró que los ingresos percibidos por jubilaciones o pensiones, en una sola exhibición, tampoco aportarán el ISR hasta por una cantidad de 3 millones 159 mil 097.20 pesos. En caso de que se presenten excedentes, se deberá pagar el impuesto respectivo durante el periodo 2022.

En caso de que los ingresos sean mayores a esta cantidad, el Impuesto Sobre la Renta se cubrirá únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Aunado a ello, los contribuyentes podrán aplicar las deducciones personales conducentes, como gastos médicos, donativos, colegiaturas, intereses hipotecarios, entre otros para reducir el cargo.

Cabe señalar que ya comenzó la cuenta regresiva para presentar la declaración anual de impuestos, misma que algunos pensionados, tanto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estados (ISSSTE), deben realizar.

No obstante, no todos tienen que cumplir con esta obligación tributaria, sólo aquellos que obtengan ingresos por más de 400,000 pesos al año, es decir, alrededor de 33 mil pesos al mes; y quienes obtengan dinero por concepto de arrendamiento, es decir, que cobran una renta por ser dueños de ciertos inmuebles.

Las personas de la tercera edad que reciban menos de esa cantidad al año, no deberán preocuparse por realizar ningún movimiento con el SAT. Aunque los pensionados que así lo deseen podrán realizar su declaración voluntaria, es decir, quienes requieran un saldo a favor respecto a los impuestos pagados durante el año.

En estos casos sí se recomienda agregar deducciones personales que puedan arrojar una devolución de impuestos. De acuerdo con el SAT, si se considera una o varias alternativas de la lista de deducciones, tales como educación, salud, servicios funerarios, aportaciones a la Afore, entre otros, se podrá conseguir un saldo a favor en la declaración anual de impuestos.

El proceso de devolución se puede lograr anualmente al presentar la declaración, la cual se lleva a cabo de forma presencial o a través de la web. De acuerdo con el fisco, las devoluciones deberán aplicarse al menos 75 días hábiles después del origen del procedimiento.

Para quienes tengan o quieran realizar su declaración de impuestos 2022, tendrán que realizarla entre el 1 y 30 de abril, es decir, personas físicas. Mientras que las personas morales deberán estar al tanto del 1 al 30 de marzo de 2022.

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