FALLAS EN APLICACIÓN DEL SAT


   por    comentarios

Pago de impuestos | nuevos contribuyentes

El Instituto de Contadores Públicos alteró que la aplicación del SAT tiene fallas con el nuevo Régimen de Simplificación Confianza.

 

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) alertó que hay 15 fallas en la aplicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el cálculo y la solicitud de una ampliación de plazo para presentar correctamente el pago de impuestos por parte de los contribuyentes del Régimen de Simplificación Confianza.

Laura Grajeda Trejo, presidenta del IMCP, explicó que le han hecho saber al Servicio de Administración Tributaria a través de 13 capturas de pantalla sobre las fallas, lo cual pone en problemas a los contribuyentes por las futuras multas y recargos en el pago de impuestos.

El  14 de febrero de 201, según la representante de los contadores, le hicieron llegar otras 2 fallas de las aplicaciones del SAT, las cuales evidencian un problema para el nuevo régimen de contribuyentes que a partir de este año comenzaron a pagar impuestos.

Grajeda Trejo afirmó que es necesaria una ampliación del plazo para que los contribuyentes del Régimen de Simplificación Confianza puedan presentar su pago correctamente.

Si se paga de más o de menos impuestos al SAT se causan sanciones para los contribuyentes, advirtió, por lo cual se deben corregir los errores del aplicativo para que se puedan saldar correctamente las contribuciones.

A partir de este año, el SAT implementó el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas y morales, con la finalidad de que el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se pueda hacer de forma sencilla, rápida y eficaz.

Las personas físicas a las que está dirigido este esquema son aquellas cuyos ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos al año.

Los contribuyentes del nuevo régimen pueden realizar actividades empresariales y profesionales, proceder del régimen de Incorporación fiscal, usar o gozar de bienes inmuebles (arrendamiento) o dedicarse a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas.

Las personas morales que pueden adherirse a este régimen son las que tienen ingresos menores a 35 millones de pesos anuales y cuyos socios son personas físicas.

La representante de los contadores públicos recordó que en las declaraciones del Régimen Simplificado de Confianza se cuenta con información prellenada y, desde el 10 de febrero, el SAT dio a conocer el formulario en el cual se hicieron importantes modificaciones en las que detectaron fallas en la conciliación de ingresos de CFDI emitidos, ya que existen varios conceptos que se tienen que disminuir y otros incrementar, los que aún no han sido incluidos, lo cual genera un cálculo erróneo del pago de ISR.

Además, no incluyen las retenciones efectuadas por las personas morales a las personas físicas que tributan en el nuevo régimen.

Otras problemáticas identificadas se encuentran relacionadas con migraciones o permanencias de régimen procedentes que no fueron autorizadas por la autoridad tributaria.

El vicepresidente fiscal del IMCP, Ramiro Ávalos Martínez, destacó que la información sobre la migración al régimen se encuentra incompleta, ya que sólo se ha dado conocer la migración de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y falta conocer sobre las actividades profesionales y empresariales, de arrendamiento y del sector primario.

Ávalos Martínez indicó que la autoridad tributaria indicó que a los contribuyentes que presentaron su aviso para migrar no se les informó de forma detallada la razón de la negativa en los casos que no procedió el cambio.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

*