¿EL SAT TE MIGRÓ AL RESICO?


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Esto puedes hacer para cambiarte

Para realizar un cambio de régimen distinto al RESICO, los contribuyentes podrían presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

(Como parte de la Reforma Fiscal para 2022, se implementó el Regimen Simplificado de Confianza (RESICO).

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) migrará a una serie de contribuyentes desde sus regímenes actuales al RESICO, según la información con la que la autoridad cuenta en sus bases de datos. Pero de acuerdo con un artículo publicado por Fiscalia, no todos los contribuyentes son elegibles, o bien, para quienes el RESICO es opcional, no necesariamente les conviene, por lo que prevalece la inquietud de cómo salir del nuevo régimen.

Incorporación indebida al RESICO

El artículo indica que el SAT comenzó a migrar al RESICO a una serie de contribuyentes, considerando la información que obra en su base de datos. Pero señala que dicha información en muchos casos, no es precisa o no es suficiente. Por esto, se han dado casos de personas morales que son migradas al RESICO pero que no pueden estar en él, o bien, de personas físicas que no desean estar en él, y fueron migradas.

Verificación del régimen actual

Para verificar el régimen en el que se está registrado, fiscalía explicó que los contribuyentes pueden tramitar una constancia de situación fiscal.

Además, considera que es importante realizar esta verificación de manera periódica durante el mes de enero, incluyendo el 31 de enero de 2022, que es la fecha limite que el SAT tiene para realizar la migración de regímenes.

Cambio de régimen distinto al RESICO

Salir del RESICO y tributar en el régimen que corresponda, lo que deben hacer es presentar un aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a través del portal de internet del SAT. Para ello, se deben seguir los pasos indicados en la ficha de trámite 71/CFF Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones, ingresando a la aplicación que corresponda según el tipo de persona:

º Personas físicas: (abrir)                   º Personas morales: (abrir)

Una vez en la pagina se seguirán los pasos y se completara el cuestionario. Al final, el contribuyente debe asegurarse que el Regimen Simplificado de Confianza, con las clave 626, tiene como estatus “Baja”.

El caso del RIF

Para el caso del Regimen de Incorporación Fiscal (RIF), las personas físicas que deseen continuar tributando en el, siempre que cumplan con los requisitos para ello, deberán presentar un aviso

 

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