MULTAS PARA LOS CONTIBUYENTES


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Declaración Anual

 

De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el SAT está facultado para vigilar los gastos e ingresos de aquellos que está inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), por lo que ante cualquier sospecha, el órgano fiscal podrá solicitar una auditoría.

Como cada año, los contribuyentes deberán presentar su Declaración Anual ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) con el fin de gravar el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo, uno de los errores que deben evitar, tanto personas físicas como personas morales, son las discrrepancias fiscales, las cuales consisten en que los contribuyentes registren más gastos que ingresos, situación que podría generar problemas con Hacienda debido a que la autoridad fiscal asume que hubo omisiones al registrar los ingresos y eso podría traducirse bajo el delito de defraudación fiscal.

En caso de que el SAT detecte alguna irregularidad de este tipo en la Declaración Anual, se le notificará al contribuyente a través del Buzón Tributario y también recibirán información relativa sobre a cuánto ascienden las discrepancias encontradas. A partir del aviso, los sujetos obligados tendrán 20 días para presentar las pruebas y comprobantes necesarios que amparen de qué forma obtuvieron los ingresos y los gastos declarados.

Si el organismo perteneciente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) acepta la explicación del contribuyente, aplicará la tarifa del ISR por el monto de los ingresos omitidos y no declarados. Además, recibirá una multa que puede ir desde los mil 560 pesos, hasta los 38 mil 700 pesos. Y, en caso de que el contribuyente no cumpla con la entrega de las pruebas, se contemplan penas que van de los tres meses a los cinco años de prisión.

Y es que de acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), el SAT está facultado para vigilar los gastos e ingresos de aquellos que está inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), por lo que ante cualquier sospecha, podrá solicitar una auditoría y hacer una revisión exhaustiva de los estados financieros, cuentas bancarias, depósitos, inversiones o cuentas activas del contribuyente que tenga discrepancias en Declaración Anual.

Además de las multas por las discrepancias mencionadas previamente, el marco de la realización de la Reforma Fiscal 2022, el SAT señaló que encontró distintas inconsistencias en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ya que varias de las facturas emitidas por los contribuyentes no se relacionaron ni con las actividades fiscales registradas en el RFC ni con los regímenes fiscales a los que pertenecen.

En este sentido, si la autoridad fiscal ve alguna incongruencia entre la actividad económica y las operaciones de las personas contribuyentes, puede hacer la detección y cambiarlo, de tal manera que contemplará obligaciones fiscales adicionales que corresponderán a la nueva actividad económica y también impondrá las siguientes multas:

– Para las personas mayores de 18 años de edad que tengan una actividad económica y no están registrados en el Registro Federal de Contribuyentes, la multa será desde 3 mil 870 a los 11 mil 600 pesos.

– Cuando una factura esté mal emitida sin los datos complementarios, la multa será de 400 a 600 pesos.

– Por no enviar la factura a los clientes o si se envía sin cumplir todos los requisitos, las multas irán desde los 17 mil pesos a los 93 mil 330.

– Quienes cancelen su Comprobante Fiscal Digital fuera de tiempo, serán acreedores de una multa del 5% al 10% del monto de cada factura.

– Si las personas físicas no presentan su declaración anual; la multa va desde los mil 400 pesos a los 38 mil 730 pesos.

– Por cada declaración, constancia, solicitud o aviso que se presente fuera del plazo señalado la cantidad va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730.

 

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