GASTOS NO DEDUCIBLES SAT 2026 DE ACUERDO AL ARTÍCULO 148 DEL ISR
comentarios
Gastos no deducibles: qué dice el artículo 148 de la LISR
Los gastos no deducibles pueden generar rechazos del SAT, diferencias fiscales y errores en la declaración anual.
Son erogaciones que no disminuyen la base gravable del contribuyente. Aunque exista una factura, el SAT puede rechazar la deducción si no cumple los requisitos fiscales.

El artículo 148 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece conceptos que no pueden restarse para calcular el impuesto.
Conocerlos ayuda a cumplir mejor con tus obligaciones fiscales. Además, reduce errores en la declaración anual y posibles sanciones.
¿Qué son los gastos no deducibles?
Los gastos no deducibles son erogaciones realizadas por una empresa o persona física que la ley no permite restar de la base del impuesto.
En términos simples, sí representan una salida de dinero. Sin embargo, no generan un beneficio fiscal porque no cumplen con los requisitos de deducibilidad.
Por eso, facturar un gasto no siempre significa que pueda deducirse.
¿Por qué existen los gastos no deducibles?
La finalidad de estas limitaciones es que solo se deduzcan gastos relacionados con la generación de ingresos.
Entre sus objetivos están:
- Evitar fraudes y elusión fiscal.
- Impedir que gastos personales se disfracen como gastos empresariales.
- Desincentivar pagos por multas, sanciones o conceptos no permitidos.
- Reflejar mejor la capacidad económica real del contribuyente.
Gastos no deducibles: facturar todo no garantiza deducción
Uno de los errores más comunes es asumir que cualquier gasto es deducible por contar con CFDI.
Sin embargo, el SAT revisa más elementos. El gasto debe ser indispensable para la actividad económica y cumplir con los requisitos fiscales aplicables.
En otras palabras, facturar no equivale a deducir.
Por ejemplo:
- Un gasto personal con factura continúa siendo no deducible.
- Un gasto sin relación con la actividad económica puede ser rechazado.
- Un CFDI correcto no sustituye el criterio de necesidad del gasto.
Principales gastos no deducibles según el artículo 148
A continuación, se resumen conceptos relevantes que pueden considerarse no deducibles conforme a la LISR. Para casos concretos, conviene revisar la ley vigente y consultar a tu contador.
1. ISR, contribuciones subsidiadas y ciertos accesorios
La LISR impide deducir pagos por ISR del contribuyente o de terceros. Tampoco permite restar cantidades entregadas por subsidio para el empleo.
En general, los accesorios de contribuciones no son deducibles, salvo los recargos efectivamente pagados. En cambio, las aportaciones patronales al IMSS sí pueden ser deducibles cuando cumplen requisitos.
2. Casas habitación, aviones y embarcaciones
Las inversiones en casas habitación, aviones y embarcaciones no proceden como deducción cuando incumplen las condiciones previstas en la ley.
También pueden rechazarse comedores que no estén disponibles para todos los trabajadores o bienes sin permiso federal para explotación comercial.
3. Automóviles
Las inversiones, uso o arrendamiento de automóviles tienen límites y restricciones. Por ello, no deben tratarse como deducibles sin revisar el caso específico.
4. Donativos y gastos de representación
Los donativos y gastos de representación pueden tener reglas especiales. Si no cumplen los requisitos autorizados, no generan una deducción válida.
5. Multas, sanciones e indemnizaciones
Las multas, sanciones y penas convencionales suelen rechazarse. Sin embargo, existen excepciones cuando la ley obliga al pago por riesgos creados, responsabilidad objetiva, caso fortuito, fuerza mayor o actos de terceros.
En todo caso, debe analizarse si el pago fue ocasionado por culpa del contribuyente.
6. Exceso de salarios, comisiones y honorarios en arrendamiento
En ciertos casos de arrendamiento, los salarios, comisiones y honorarios solo son deducibles hasta un límite. El excedente puede ser no deducible.
7. Intereses relacionados con gastos no deducibles
Los intereses vinculados con inversiones o gastos sin ingresos acumulables no proceden como deducción.
Si la inversión es parcialmente deducible, los intereses solo podrán deducirse en la misma proporción.
8. IVA e IEPS acreditables
El IVA y el IEPS acreditables no se deducen. No obstante, pueden restarse cuando no exista derecho a acreditarlos y estén relacionados con gastos o inversiones deducibles.
Si el gasto principal no es deducible, el IVA o IEPS relacionado tampoco debe considerarse deducible.
9. Pérdidas por enajenación de activos no deducibles
Las pérdidas por venta, caso fortuito o fuerza mayor de activos no deducibles tampoco pueden restarse.
10. Gastos vinculados con inversiones no deducibles
Cuando una inversión no es deducible por disposición legal, sus gastos relacionados tampoco deben disminuir la base fiscal.
11. Operaciones con partes relacionadas
En operaciones financieras con partes relacionadas, las pérdidas pueden rechazarse si las condiciones no son equivalentes a operaciones comparables entre partes independientes.
12. Consumo en bares y restaurantes
El consumo en bares o restaurantes puede rechazarse, salvo supuestos permitidos por la ley. También hay restricciones para comedores exclusivos o gastos que excedan límites aplicables.
13. Servicios aduaneros no autorizados
Para servicios aduaneros, solo ciertos conceptos proceden. Se exceptúan honorarios de agentes aduanales y algunos gastos conforme a la Ley Aduanera.
14. Opciones financieras entre partes relacionadas
En opciones sobre bienes, divisas, acciones u otros títulos, el pago inicial puede rechazarse cuando la opción no se ejerce y la operación se realiza entre partes relacionadas.
15. Restitución de derechos patrimoniales en préstamos de valores
La restitución realizada por el prestatario por derechos patrimoniales de títulos recibidos en préstamo no procede como deducción.
16. Participación en utilidades
Las cantidades que representan participación en utilidades del contribuyente, o que dependan de ellas, tampoco pueden deducirse.
¿Por qué es importante conocer los gastos no deducibles?
Conocer estos conceptos ayuda a:
- Evitar diferencias fiscales con el SAT.
- Reducir riesgos de auditorías o revisiones.
- Presentar declaraciones anuales correctas.
- Mantener una planeación financiera y fiscal ordenada.
- Prevenir multas, recargos y actualizaciones.
Asimismo, ayuda a separar gastos personales, operativos y fiscales. Esto es clave para negocios en CDMX, Jalisco y cualquier entidad de México.
Cómo evitar gastos no deducibles y deducciones rechazadas
Antes de deducir un gasto, revisa:
- Confirma que exista CFDI válido.
- Verifica que el gasto sea indispensable para tu actividad.
- Revisa que el pago cumpla con la forma autorizada.
- Consulta que el proveedor no esté en listas de riesgo.
- Conserva soporte documental suficiente.
- Registra la operación en tu contabilidad.
También puedes consultar la Ley del Impuesto sobre la Renta y revisar criterios vigentes con tu asesor fiscal.
Conclusión sobre gastos no deducibles
El artículo 148 de la LISR establece conceptos que no pueden deducirse para efectos fiscales. Conocer estas restricciones permite tomar mejores decisiones y evitar discrepancias ante el SAT.
Una correcta gestión documental y contable es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales. Además, ayuda a prevenir rechazos de deducciones, diferencias en ISR e IVA, multas y recargos.
Para fortalecer tu control fiscal, revisa cómo miskuentas ayuda con el cálculo de impuestos, la contabilidad conectada al SAT y la declaración anual.
¿Quieres cumplir con el SAT sin complicaciones?
Prueba misKuentas gratis: contabilidad automática desde tus CFDI, con conexión directa al SAT.
Solicitar prueba gratis