¿SI GANO EL SALARIO MÍNIMO CUÁNTO DEBO PAGAR DE IMPUETOS?


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Los contribuyentes también deberán considerar la declaración anual durante el mes de abril.

A partir de este año, se dio a conocer la aprobación que ejecutó la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) para lograr un aumento del 20%. De ese modo, se ordenó que el salario mínimo desde el 1 de enero de 2024 es de 248.93 pesos diarios, para el sector obrero y patronal.

Mientras que para la Zona Libre de la Frontera Norte se aplica de manera diferente y el incremento al salario será de 374.89 pesos en este caso.

En ese sentido, hay que recordar que todos los trabajadores deberán pagar impuestos, debido a que tienen ingresos y más adelante detallaremos en qué casos se tendrán que considerar.

Pero, ¿Cuánto debo pagar de impuestos si gano el salario mínimo?

De acuerdo con datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el patrón no retiene ningún impuesto a aquellos trabajadores que ganan el salario mínimo mensual.

Y es que el artículo 96 de la Ley de Impuestos sobre la Renta establece que los empleados con el salario mínimo sí están exentos.

Mientras que, respecto al otro lado de la moneda, es decir, aquellos que ganan más del salario mínimo, entonces sí deberá considerar el pago de impuestos como son:

¿Cuáles son los ingresos por los que se paga impuestos?

-Aguinaldo, siempre y cuando recibas hasta 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

De la prima vacacional hasta 15 unidades de medida y actualización

Deducción de gastos personales

En tanto, será necesario recordar que para el pago de los impuestos ante el SAT, se tiene que presentar la declaración anual, que este año corresponde al ejercicio fiscal de 2023 y se deberá considerar durante el mes de abril.

La buena noticia es que los contribuyentes podrán deducir gastos personales, entre los que podrán incluir: médicos, dentales, hospitalarios, entre otros.

Así como la colegiatura de su hijo (si se tienen dos niveles escolares el mismo año, entonces podrá contemplar la mayor), gastos funerarios, donativos, lentes, entre otros.

Los interesados podrá deducir los desembolsos de su cónyuge, concubina, hijos, padres, entre otros, siempre y cuando las personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 35 mil 101 pesos aproximadamente. El procedimiento se desarrolla durante la declaración anual de impuestos.

Una buena idea es elaborar su declaración de impuestos para presentar estas deducciones, aunque no esté obligado a hacerlo.

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