¿EN QUE EJERCICIO SE DECLARAN LOS INGRESOS POR HERENCIA O LEGADO?


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Si las personas físicas no declaran los ingresos por herencia o legado, el SAT podría cobrar el impuesto correspondiente por dichos ingresos.

 

La Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR), en la fracción XXII del artículo 93, establece que no se paga el impuesto por los ingresos que reciban las personas físicas por herencia o legado.

Pero cuando las personas físicas obtengan ingresos superiores a 500 mil pesos en el ejercicio, deben declarar la totalidad de sus ingresos, incluidos los obtenidos por herencia o legado. Esto lo establece el tercer párrafo del artículo 150 de la Ley del ISR.

Lo anterior se debe hacer, porque si las personas físicas no declaran los ingresos por herencia o legado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podría cobrar el impuesto correspondiente por dichos ingresos.

¿En qué ejercicio deben declararse los ingresos por herencia o legado?

En este contexto, a los contribuyentes les puede surgir la siguiente duda: ¿En qué ejercicio deben declararse los ingresos por herencia o legado?

De acuerdo con Enrique Gómez Caro, integrante de la Comisión Fiscal de Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), existen dudas sobre si los ingresos por herencia o legado se declaran cuando fallece la persona que hereda o hasta que el heredero recibe la herencia.

En un texto publicado recientemente por el IMCP, el especialista indicó que el haber patrimonial del heredero o legatario técnicamente se incrementa en el momento en que fallece la persona que hereda.

Por eso, el especialista considera que, en estricto sentido, se debe informar en la declaración de ese ejercicio el ingreso aproximado correspondiente y en su caso, presentar una declaración complementaria de dicho ejercicio, cuando se adjudiquen los bienes y se conozca el importe exacto del ingreso.

Pero señaló que por cuestión práctica y para seguir el criterio de la autoridad, el ingreso por herencia o legado puede ser declarado en el ejercicio en que se adjudiquen los bienes correspondientes. Además, en ese momento ya se sabrá el valor exacto de los bienes.

Sin embargo, Gómez Caro advirtió que el criterio de la autoridad puede ser distinto en cada caso particular. Por eso, explicó que los contribuyentes se encuentran en inseguridad jurídica, respecto a en que ejercicio deben declarar los ingresos por herencias o legados, para no tener contingencias respecto a su exención.

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