CAMBIOS EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES 2022


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SAT

Las actualizaciones en la plataforma del SAT para la declaración anual requieren más carga administrativa en comparación con los años anteriores.

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de los contribuyentes durante el mes de enero de 2023 la plataforma para la presentación de la declaración anual 2022 de personas morales, a través de su portal “Declaraciones y Pagos”.

La minisitio del fisco tiene modificaciones relevantes respecto a la versión anterior, pues ahora le da una mayor importancia a la información financiera y sus efectos fiscales, así como al detalle de cada operación realizada por los contribuyentes.

Cambios relevantes

De conformidad con la Ley del ISR, las personas morales deben presentar dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio su declaración anual, y en conjunto, en caso de estar obligado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación, la Declaración Informativa Sobre la Situación Fiscal del contribuyente (ISSIF).

El primer paso en el aplicativo es la selección de las obligaciones a declarar, en donde se incluye las obligaciones de dictaminar estados financieros, presentar ISSIF y declarar ingresos sujetos a regímenes preferentes:

Una de las principales modificaciones es que al seleccionar si se presenta el dictamen de los estados financieros o se presenta la ISSIF, el aplicativo te permite no desglosar y llenar los estados financieros al presentar la declaración anual, toda vez que se llenarán y detallarán en la ISSIF o dictamen fiscal correspondiente.

Modificaciones en apartado financiero

En comparación al aplicativo anterior, para la presentación de la declaración anual de este ejercicio se adicionan dos estados financieros: 1) estado de flujo de efectivo, y; 2) estado de cambios en el capital contable, recordando que estos, de acuerdo con las Normas de Información Financiera (NIF) forman parte de los estados financieros básicos de las entidades.

Del mismo modo, dicha información es requerida de manera comparativa, es decir, independientemente de tratarse de la declaración del ejercicio 2022, se requiere la correspondiente a 2021, generando así información financiera comparativa, tal como lo podemos observar en los anexos financieros de SIPRED e ISSIF.

Estos son los cambios más relevantes a nivel financiero, toda vez que la mayoría de las contribuyentes no cuenta con esta información, a pesar de ser obligatorios de conformidad con la NIF A-1, así como que el aplicativo solicita realizar una comparación con las cifras del ejercicio inmediato anterior (2021).

Ahora bien, con relación en lo anterior, la sección de estados financieros cuenta con cinco pestañas en las cuales podemos encontrar los 4 estados financieros básicos y la conciliación contable fiscal.

En cada una de las pestañas se agregaron campos para detallar los estados financieros, capturando la información contable de conformidad con el catálogo de cuentas del SAT, además, se agrega la opción de indicar notas y explicaciones detalladas a cada rubro de estos.

Otra de las actualizaciones relevantes es la eliminación de las opciones y apartados en donde se podrían reflejar partidas financieras como “Otros”, por ejemplo, “Otros activos a corto plazo” u “Otros pasivos”, generando la obligación de adaptar las cuentas contables a rubros específicos generando posibles discrepancias con el catálogo de cuentas habilitado para el envío de la contabilidad electrónica.

Finalmente, es importante mencionar que el nuevo aplicativo no permite realizar una visualización previa del llenado de los estados financieros, lo que se permitía en versiones anteriores.

Modificaciones en apartado fiscal

Respecto a los cambios en el apartado fiscal, el SAT se enfocó en el detalle de las operaciones de ingresos acumulables y deducciones autorizadas, habilitando conceptos que anteriormente se presentaban en campos genéricos.

Como información fiscal será necesario realizar el llenado de los mismos rubros respecto al año anterior (I. Ingresos; II.

Deducciones autorizadas; III. Determinación; IV. Pago, y; V. Datos adicionales) pero puntualizando algunos cambios específicos en dichos rubros.

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