IMSS A PAGAR INTERESES POR DEVOLUCIÓN


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El artículo 299 del IMSS establece pagar intereses por devolución o actualización a dichos pagos”

 

La constitución en su artículo 31 fracción IV nos establece la obligación de contribuir a los gastos de la federación, esto lo realizamos por medio del pago de contribuciones las cuales están divididas en diversos grupos, tales como impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, por lo que al estar dentro del  supuesto que las leyes marcan, seremos sujetos obligados de las mismas.

 

Por otro lado al ser patrones encuadramos en lo establecido por la de Ley del Seguro Social (LSS), que regula las aportaciones de seguridad social, teniendo múltiples obligaciones señaladas por dicha ley, entre ellas podemos encontrar la determinación de las cuotas obrero-patronales, y al mismo tiempo realizar el pago correspondiente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por dicho concepto.

 

Pago indebido  al IMSS

Pero si en tus cálculos se realizó un pago de lo indebido al IMSS, por concepto de cuotas obrero-patronales, en base al artículo 299 de la LSS, podrás solicitar la devolución de dichas cantidades, ya que  por la naturaleza de la misma al ser consideradas fiscales, se realizara la devolución conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación(CFF), el cual nos establece que las devoluciones a cargo del fisco federal se realizaran por el transcurso del tiempo y por los precios en el país, para lo se aplicara el factor de actualización de las cantidades sujetas de actualización.

 

Por lo se podrá exigir al IMSS el pago de intereses por devolución tal y como lo establece el artículo 22-A del CFF. Pero como la autoridad recaudadora en este caso el IMSS, se ha negado a cumplir con el pago de intereses, la Séptima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa dicto sentencia con el título: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.- ESTÁ OBLIGADO A DEVOLVER LAS CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE CON ACTUALIZACIONES E INTERESES.

 

Mismos derechos para los ciudadanos

 Aplicándose dentro de la misma el principio jurídico, “donde existe la misma razón existe el mismo derecho y debe aplicarse la misma disposición“, esto significa que al ser la LSS, la ley especial, pero al carecer de supuestos sobre devoluciones se aplica la norma general que en este caso es el CFF, En consecuencia, es procedente condenar al IMSS, a devolver no solamente las cantidades pagadas indebidamente con su actualización, sino también, los intereses en compensación a las ganancias de que se vio privado el patrón, mientras no contó con sus recursos económicos.

 

Por lo que para poder hacer valer el derecho a la devolución y al pago de intereses por devolución, debe haber transcurrido el termino de 45 días establecidos en el CFF para que la autoridad recaudadora realice el pago de las devoluciones, es entonces que a partir del día siguiente de este término, se podrá realizar el cálculo de los intereses correspondientes y de la misma manera el pago de estos.

 

Para el trámite de la devolución por concepto de cuotas obrero-patronales, deberás realizarlas ante el IMSS, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  • Tarjeta de Identificación Patronal;
  • Identificación oficial vigente del patrón, sujeto obligado o representante legal; con fotografía y firma, en original y copia;
  • Poder notarial del representante legal, otorgado por el patrón o sujeto obligado, en el que se conceda la facultad para realizar trámites ante entidades públicas;
    • Comprobante de nóminas del periodo correspondiente a la solicitud de  devolución

 

Al cumplir con estos requisitos el IMSS te deberá de dar Respuesta dentro de los 45 siguientes al presentar la solicitud, y si no recibes respuesta, no olvides cobrar los intereses por devolución correspondientes.

 

Si eres empresario, que cuenta con empleados y no sabes si tienes saldo a favor, te invitamos a hacer uso del sistema electrónico Miskuentas.com, por medio del cual conocerás  si realizaste algún pago de lo indebido y además podrás cumplir con tus obligaciones antes el IMSS, sin realizar cálculos extras y ahorrando horas de trabajo.

 

Ver.Camara de Diputados del H. Congreso de la unión. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92_121115.pdf. 93 Artículo reformado DOF 14-12-2005 (Consultado Mayo 2018)

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