¿ES NECESARIO CANCELAR EL RFC DE UN FAMILIAR FALLECIDO?


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Los datos del contribuyente deben ser dados de baja ante el SAT.

El momento en el que tienes que cumplir con tus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es cuando empiezas a percibir ingresos, así que es necesario darse de alta al Registro Federal de Contribuyentes (RFC). 

Algo que debes tomar en cuenta es que una vez que estés registrado ante el fisco es importante estar al pendiente de todas las actividades relacionadas con el dinero, de la misma forma si es que un familiar que es contribuyente fallece.

También aplica cuando una empresa suspende su actividad y desaparece ante la sociedad, es liquidado o se fusiona con otra. Ante esto, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tomará en cuenta que terminen sus deberes de manera automática.

Es así como debe llevarse a cabo un trámite para solicitar la baja de la base de datos del SAT y el contribuyente ya no aparezca. Esto debe realizarse por medio del Aviso de Cancelación del RFC y se tramita al realizar una cita por medio de la plataforma digital del fisco.

El instituto debe informar acerca de la identidad, ubicación y de los datos relacionados con el contribuyente para que puedan ser integrados a la base de datos del RFC a través de Avisos que ordena la normativa en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y de la misma manera para otras indicaciones que provengan de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), la cual es establecida por la autoridad.

Toma en cuenta que cada ejercicio fiscal de las nuevas normas son publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tanto al inicio donde se realizan cambios en el transcurso del período.

En cuanto a la obligación de actualizar los datos del contribuyente como darse de baja, es necesario que se presente un Aviso de Cancelación del RFC por motivos relacionados a la liquidación de la sucesión, la liquidación total del activo, el cese total de las operaciones, por cambio de residencia fiscal, la fusión o escisión de una sociedad o debido a la muerte de la persona.

Si es el último caso, todo lo que se debe hacer es un sencillo trámite que cualquiera puede llevar a cabo por medio del portal del SAT, donde generará una cita y podrá acudir a las oficinas con los documentos necesarios.

Los documento que son tomados en cuenta son la acta notarial en la que se avala la liquidación de la sucesión o un acta de defunción del Registro Civil en copa simple y copia certificada, así cómo la Forma oficial RX e identificación oficial que se encuentre vigente.

Puede parecer un proceso largo y complicado pero es más sencillo de lo que te imaginas, así que es necesario hacerse responsable de los trámites relacionados con el SAT.

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