Aplicación para subcontratación laboral o outsourcing


   por    comentarios

“El servicio de Administración tributaria da a conocer el 7 de febrero del 2018-02-08 las Normas de uso y aplicación para cumplimiento de las obligaciones en la subcontratación laboral”

El servicio de Administración tributaria da a conocer el 7 de febrero del 2018-02-08 las Normas de uso y aplicación para cumplimiento de las obligaciones en la subcontratación laboral

 

El SAT informa que con sustento en la regla 3.3.1.44. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2018 se realiza dicha Aplicación la cual se encuentra en el Buzón tributario

 

Esta “Aplicación para información de outsourcing” fue creada para cumplir con obligaciones y consultas de la información de servicios tanto del contratista como del contratante en la actividad de subcontratación laboral.

 

En la subcontratación laboral: El contratante y el contratista cuentan con las siguientes opciones según lo requieran:

 

  • Autorización del contratista para la consulta de facturas electrónicas y declaraciones.

Por medio del cual los contratistas registran la información del contratante así como los contratos y datos de los trabajadores subcontratados.

  • Consulta por el contratante de las facturas electrónicas y declaraciones.

Donde podrá validarla para obtener el acuse de la consulta realizada, que le permitirá cumplir con los requisitos para la deducción del ISR y acreditamiento del IVA.

  • Aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio 2017.

1.-Para contribuyentes que durante 2017 tenían subcontratación laboral o outsourcing, al optar por utilizar las aplicaciones de subcontratación para el ejercicio 2018 tendrán por cumplido el ejercicio de 2017.

2.-para aquellos contribuyentes que durante 2018 no usaran la subcontratación laboral podrán optar por presentar este aviso, más tardar el 28 de febrero.

 

 

 

 

 

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

*